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Revista Interdisciplinaria de Ciencias de la Educación, Salud y Sociología. ISSN 3117-2660 Vol. 1, No. 3, Año 2026
Ensayo Académico
Septiembre – Diciembre 2026 RICESO
características no patológicas del futuro ser humano, como su altura, su capacidad cognitiva o su
apariencia física.
El debate adquirió una dimensión práctica y no meramente especulativa en noviembre de 2018,
cuando el investigador chino He Jiankui anunció la creación de los primeros bebés genéticamente
modificados del mundo mediante el sistema CRISPR-Cas9, las gemelas Lulu y Nana, a quienes se
pretendía conferir inmunidad frente al virus de inmunodeficiencia humana (Núñez-Gonzalez et
al., 2019). El episodio generó un amplio rechazo en la comunidad científica internacional, no solo
por la ausencia de consensos éticos y regulatorios previos, sino por los riesgos técnicos que
comporta la edición de la línea germinal, cuyas consecuencias se transmiten a las generaciones
futuras sin que exista, hasta el momento, garantía suficiente de seguridad y eficacia (Pallitto y
Folguera, 2020). Bellver Capella (2016) había advertido ya, con anterioridad al caso Jiankui, que
la edición de la línea germinal plantea un problema cualitativamente distinto al de la terapia
génica somática, pues introduce modificaciones heredables cuyo impacto biológico y social
escapa al control y a la responsabilidad del individuo que las recibe, afectando a sujetos -las
generaciones futuras- que no han podido prestar consentimiento alguno.
La doctrina canónica admite, en principio, la legitimidad moral de la terapia génica somática
orientada a curar enfermedades, siempre que no comporte riesgos desproporcionados para el
paciente. Sin embargo, rechaza con firmeza la experimentación con embriones humanos que
implique su destrucción -como ocurre en buena parte de la investigación con células madre
embrionarias- así como la edición de la línea germinal, que introduce modificaciones heredables
cuyas consecuencias a largo plazo resultan difícilmente previsibles y que, según esta perspectiva,
comprometen la naturaleza del embrión como sujeto y no como mero objeto de investigación.
Esta cautela encuentra, de manera significativa, un eco no confesional en la literatura bioética
secular: Salas (2022) sostiene que, mientras la técnica se encuentre en fase experimental y sus
efectos heredables no puedan garantizarse con la seguridad exigible, resulta necesaria una
moratoria en el uso de la edición genética con fines reproductivos, argumento que coincide
sustancialmente, aunque desde premisas distintas, con la posición canónica. En sentido análogo,
Ferreyra (2022) concluye que no es éticamente admisible realizar ediciones genómicas con fines
terapéuticos en embriones destinados a nacer mientras no exista mayor certeza sobre su